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COPROPIEDAD INMOBILIARIA

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ASESORÍA LEGAL A LA ADMINISTRACIÓN - COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN - COPROPIETARIOS - ARRENDATARIOS    

¿Qué es la copropiedad inmobliaria?

La Copropiedad Inmobiliaria es una forma especial de dominio sobre las distintas unidades en que se divide un inmueble, que atribuye a sus titulares un derecho de propiedad exclusivo sobre tales unidades y un derecho de dominio común respecto de los bienes comunes, y que en Chile esta regida por la Ley N°21.442 y el Reglamento de la Ley.

Los proyectos acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria se denominan condominios y corresponden a edificaciones y/o terrenos en los que coexisten: a) Bienes de dominio exclusivo, correspondientes a unidades susceptibles de independencia funcional y de atribución a diferentes propietarios, tales como viviendas, oficinas, locales comerciales, bodegas, estacionamientos, recintos industriales o sitios urbanizados; y b) Bienes de dominio común, necesarios para la existencia, seguridad, conservación y funcionamiento del condominio, permitiendo el uso y disfrute adecuado de quienes ocupan las unidades, tales como el terreno en que se emplazan las edificaciones, circulaciones o áreas verdes; los elementos constructivos estructurales horizontales y verticales, como muros, fachadas, losas y techumbres; las redes e instalaciones de servicios básicos; los bienes destinados al servicio, recreación y esparcimiento; o los bienes necesarios para el desempeño de funciones por parte del personal contratado; entre otros, incluidos aquellos bienes comunes que pueden ser asignados en uso y goce exclusivo a ciertas unidades.

Estudio  Jurídico.cl cuenta con abogados especialistas en copropiedad inmobiliaria que le entregarán ayuda legal o jurídica, en la defensa de sus derechos, sea la administración, el Comité de Administración, a copropietarios, arrendatarios o residentes de un edificio o condominio regido por la Ley de Copropiedad Inmobiliaria (Ley N°21.442), algunas de las asesorias ofrecidas son:

ASESORÍA AL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN

Asesoramos al comité de administración en todas aquellas materias que le permitan cumplir con sus obligaciones legales y reglamentarias. La nueva ley de copropiedad inmobiliaria, ha incluido una serie de obligaciones, tanto para Comité de Administración, como para su presidente, que deben conocer y aplicar.   VER MÁS

ASESORÍA A LA ADMINISTRACIÓN.

Asesoria a administradores de edificios y condominios, en todas aquellas materias propias de su gestión de manera permanente, con honorarios acorde al tipo de requerimiento solicitado, que le permitirá actuar con total apego a la legalidad vigente y/o dar sólidas respuesta con fundamentos legales, de manera que su actuar no sea motivo de denuncias ante la municipalidad, juzgado de Policía Local o ante la secretaría regional ministerial de vivienda.  CONTACTO

ASESORÍA A COPROPIETARIOS Y/O ARRENDATARIOS.

Muchas veces los copropietarios y/o arrendatarios ven vulnerados sus derechos por actuaciones del Comité de Administración o bien de la Administración del condominio.  Contáctenos para verificar los pasos a seguir en su caso particular y las medidas que puede tomar para denunciar dichas situaciones.  CONTACTO

AUDITORÍA A EDIFICIOS Y CONDOMINIOS.

Contamos con un equipo especialista en auditorias compuesto por ingenieros comerciales y contadores auditores, que realizarán de manera rápida y segura una auditoria contable a la gestión de administración, con la finalidad de precaver que los dineros de la comunidad estén siendo bien utilizados y bajo una buena gestión de recursos. También realizamos auditoria de RRHH, auditoria laboral, auditoria de contratos con terceros y auditoria legalVER MÁS

DEMANDAS A INMOBILIARIAS POR DEFECTOS DE CONSTRUCCIÓN.

Representamos judicialmente a la comunidad en demandas contra las inmobiliarias o empresas constructuras por fallas o defectos de construcción, antes que venzan los plazos de prescripción de la acción. 

  1. Si se trata de fallas o defectos que afecten a la estructura soportante del inmueble, plazo para demandar, 10 años.

  2. Fallas o defectos que afectan los elementos constructivos o las instalaciones, plazo para demandar 5 años.

  3. En el caso de fallas o defectos que afecten las terminaciones o acabados de las obras, plazo para demandar 3 años

  4. Por último, si la falla no se puede catalogar en ninguna de las anteriores, plazo para demandar 5 años. CONTACTO.

COBRANZA PREJUDICIAL Y JUDICIAL DE GASTOS COMUNES Y OBLIGACIONES ECONÓMICAS.

Los fondos correspondientes a gastos comunes y demás obligaciones económicas deben ser cobrados de manera eficaz y rápida, con la finalidad de mantener la plusvalía de su inmueble. Una comunidad si fondos impide una buena gestión de administración y mantenimiento. Una demanda oportuna interrumpe la prescripción que pueda alegar el copropietario moroso.  VER MÁS 

ARBITRAJE COMO MEDIO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

Una de la formas de solución de conflictos que incluye la Ley N°21.442 sobre copropiedad inmobiliaria es someter las controversias a la resolución de un Juez Árbitro.  Por ello ofrecemos que se designe a un árbitro de nuestro estudio como Juez Árbitro, quien en un procedimiento rápido, cercano, eficaz y con cabal conocimiento de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, dará solución a sus problemas.  Este sistema permite la solución de controversias entre copropietarios, entre uno más copropietarios y la administración; o bien entre el comité de administración y la administración.  VER MÁS

DENUNCIAS AL JUZGADOS DE POLICIA LOCAL.

Cuando un copropietario vulnera las disposiciones de la Ley, el Reglamento de la ley, o bien del Reglamento de Copropiedad y sea necesario realizar las denuncias al Juzgado de Policía Local, representamos judicialmente los intereses de la Comunidad, con la finalidad que se adopten las medidas correctivas que en derecho corresponden, y se apliquen las multas que determine el Tribunal. CONTACTO

MODIFICACIÓN REGLAMENTO DE COPROPIEDAD.

Con la publicación de la Ley N°21.442 nace la necesidad de adecuar los reglamentos de copropiedad de su condominio a las normas de la referia ley. Son múltiples las obligaciones que nacen para el Comité de Administrador, como así también algunos procedimientos que facilitan la toma de decisiones como son las participación en asableas por medios telemáticos o remotos.   VER MÁS

SERVICIOS LEGALES PREPAGADOS.

Ofrecemos un completo servicio de asesoría legal prepagada, el cual se adapta a las necesidades que cada comunidad, edificio o condominio, determinando las áreas que deben ser cubiertas con el servicio. Con un pago mensual se puede optar por asesoría legal permanente que asegura que todas la decisiones tienen un fundamento legal que las avala, pudiendo incluir la cobranza prejudicial de gastos comunes y obligaciones económicas.  CONTACTO

Si requiere mayores antecedentes referidas a los servicios para edificios y/o condominios, contáctenos y un abogado le responderá a la brevedad.

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