ACTUALIZACIÓN REGLAMENTO DE COPROPIEDAD
ACTUALIZAR REGLAMENTO DE COPROPIEDAD
Con fecha 13 de abril de 2022, se dictó la nueva ley de copropiedad inmobiliaria, la Ley N°21.442, en su artículo 100 establece que las comunidades de copropietarios que se hubieren acogido a la ley N° 19.537 (la antigua ley de copropiedad) se regirán por la nueva ley desde su publicación, debiendo ajustarse los reglamentos de copropiedad a sus disposiciones en el plazo de un año. Por lo anterior las comunidades de copropietarios deben modificar sus reglamentos de copropiedad, y ajustarlo a las disposiciones de la nueva ley de copropiedad, para el caso de no ser actualizado el Reglamento de coporpiedad de una comunidad, ésta se regirá por el reglamento tipo que contenga el reglamento de esta ley.
¿Qué pasa si no se actualiza el Reglamento de Copropiedad?
El artículo 1º de la Ley N°21.508, publicada el 10 de noviembre de 2022, interpretó el artículo 100 de la Ley N°21.442 el sentido de declarar que tratándose de las materias reguladas por la nueva ley de copropiedad cuya aplicación requiera, expresa o tácitamente, la dictación de reglamentos u otras normas complementarias, conservarán su eficacia las disposiciones de la ley 19.537, hasta la publicación de dichos textos. Esto quiere decir que mientras no se actualice el reglamento de copropiedad, no se pueden aplicar las normas contenidas en nueva ley de copropiedad inmobiliaria N°21.442
Es muy importante que sea modificado el Reglamento de Copropiedad de su comunidad, pues la nueva Ley contiene materias que incluyen nuevos derechos y obligaciones de los copropietarios, nuevas materias de las asambleas de copropietarios, incluyendo también, asambles virtuales, plazos de prescripción, obligaciones del administrador, y muchas otras relativas a la administración y al comité de administración, que pueden ver en el siguiente enlace. VER MODIFICACIONES MÁS IMPORTANTES
¿Que pasa si no se actualiza el Reglamento de Copropiedad?
El artículo 100 de la Ley N°21.442, señala que las comunidades de copropietarios que se encontraren acogidas a la ley N° 19.537 se regirán por la Ley N°21.442 desde su publicación, debiendo ajustarse los reglamentos de copropiedad a sus disposiciones en el plazo de un año y los acuerdos adoptados por las asambleas de copropietarios con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley no quedarán sin efecto.
El artículo 1º de la Ley N°21.508, publicada el 10 de noviembre de 2022, interpretó el artículo 100 de la Ley N°21.442 el sentido de declarar que tratándose de las materias reguladas por la nueva ley de copropiedad cuya aplicación requiera, expresa o tácitamente, la dictación de reglamentos u otras normas complementarias, conservarán su eficacia las disposiciones de la ley 19.537 hasta la publicación de dichos textos.
Esto quiere decir, que mientras no se modifique el reglamento de copropiedad, no se pueden aplicar las normas contenidas en nueva ley de copropiedad inmobiliaria N°21.442
Los pasos que se deben serguir para la actualización y/o modificación del reglamento de copropiedad de su comunidad o edificio lo pueden encontrar en el siguiente enlace VER PASOS A SEGUIR PARA MODIFICAR EL REGLAMENTO DE COPROPIEDAD
Nuestros abogados junto con modificar y/o adecuar el Reglamento de Copropiedad de su comunidad, a la nueva N° 21.442, acompañarán a la comunidad, al comité de administración y a la administración en todo el proceso de modificación, hasta que queda inscrito en el el Libro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces respectivo si la modalidad contratada asi lo estable, o bien sólo confeccionarán el reglamento, y su reducción a escritura pública e inscripción será por cuenta del cliente.