JUSTICIA MILITAR
ASESORÍA EN TEMAS DE JUSTICIA MILITAR
Contamos con abogados con más de 30 años de experiencia en el sector de defensa de miembros de las FF.AA. y de Carabineros de Chile, especialistas en Justicia Militar, ofreciendo entre otros servicios:
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Recurso de protección, presentado ante la Corte de Apelaciones correspondiente, por vulneración a garantías constitucionales.
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Defensa Administrativa, brindamos asesoría al personal de las Fuerzas Armadas, Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones, respecto a los derechos que le asisten en su condición de funcionarios, entre otros:
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Reconocimiento de beneficios y abonos de años de servicio;
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Inutilidad por incapacidad;
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Accidentes en acto del servicio y enfermedades profesionales;
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Solicitudes ante decisiones administrativas de la autoridad militar o policial.
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Defensa Penal, ante un Juzgado de Garantía y Tribunal Oral Penal, si ha sido imputado o investigado por un delito en el cual tenga alguna participación como autor, cómplice o encubridor, en su calidad de funcionario público.
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Justicia Militar, lo representamos ante una Fiscalía (Militar, Naval, Aviación), si es investigado o acusado de ser responsable de algún delito de carácter militar, contamos con abogados especialistas que prepararán su defensa de manera eficaz. Si se encuentra privado de libertad, presentamos su defensa para obtener la libertad condicional.
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Derecho Civil (Indemnización de perjuicios), si usted es encontrado culpable y condenado de un delito investigado en la jurisdicción militar o civil, lo representamos y defendemos ante una demanda civil de indemnización de perjuicios. Si usted es la víctima o familiar de una víctima de delitos cometidos por funcionarios de las Fuerzas Armadas, de Carabineros de Chile o la Policía de Investigaciones de Chile, lo representamos y buscamos la indemnización de perjuicios que corresponda.
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Defensa ante sanciones disciplinarias, regidas por el Reglamento de Disciplina para las Fuerzas Armadas. (Armada con su propio Reglamento)
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Presentaciones a la Contraloría General de la República, ante cualquier problema de vicio administrativo en sanciones, Sumarios, Juntas de Selección, pago de beneficios, etc.
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Defensa integral ante la Junta de Calificaciones o Selección de cualquier institución armada. Preparamos y presentamos escritos de reconsideración, reclamación y apelación.
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Defensa ante una investigación sumaria administrativa, regida por el Decreto 277 que aprueba el DNL-910 "Reglamento de Investigaciones Sumarias Administrativa de la Fierzas Armadas", por el Decreto 1232 "Reglamento de Disciplina de la Armada", y Reglamento de Disciplina de Carabineros, presentando todos los escritos y dentro de los especiales plazos, contenidos en la Reglamentación, presentando entre otros los siguientes escritos:
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Descargos al Dictamen Fiscal: En esta materia los plazos son muy importantes, ya que para el caso de que en el Dictamen Fiscal o en su ampliación posterior, aparezcan cargos, la autoridad que ordenó instruir la investigación la debe poner en conocimiento del o los inculpados por intermedio del Fiscal, y por escrito, para que, en el plazo de 5 días contados desde la fecha de notificación, responda a los cargos que existen en su contra.
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Recurso de Reconsideración: Una vez notificada la resolución del superior al afectado o inculpado, éste dispondrá del plazo de 5 días, para interponer el Recurso de Reconsideración, ante la misma autoridad, acompañando todos los antecedentes que estime para el fallo de éste. La autoridad dispone de un plazo de 10 días, para resolver la reconsideración. Una vez resuelta, será notificada debidamente al recurrente.
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Recurso de Reclamación: El personal que no se conformare con la resolución recaída en un Recurso de Reconsideración, podrá interponer un Recurso de Reclamación, debidamente fundado, dirigido al superior directo del jefe contra cuya decisión se reclama, dentro del plazo de 5 días contados desde la fecha de la resolución dictada por la autoridad competente. El Recurso de Reclamación debe ser entregado por el reclamante a su superior directo, el cual lo hará llegar por conducto regular hasta la autoridad a quien va dirigido. Una vez recibido por el superior que deba conocerlo, éste dispondrá de un plazo de 10 días, para emitir su resolución, la que deberá ser puesta en conocimiento del reclamante.
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Recurso de Apelación: Si el reclamante no se considerare satisfecho con la resolución del superior, recaída en un Recurso de Reclamación, tendrá derecho a apelar de ella ante el superior de la autoridad de cuya resolución se apela, en el plazo de 5 días, contados desde el momento en que le fue notificado el fallo de la reclamación, siguiendo el mismo procedimiento indicado para el Recurso de Reclamación. Se podrá interponer apelación sucesivamente del fallo de las apelaciones, hasta llegar al Comandante en Jefe Institucional. Sólo en aquellos casos en que el afectado o inculpado considere menoscabados sus derechos y atribuciones, o cuando la sanción que se le aplique sea la de retiro, se podrá apelar hasta el Presidente de la República.
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NOTA: El Reglamento de Disciplina de Gendarmería de Chile, contempla plazos distintos que el funcionario debe tener en cuenta, para ejecer sus derechos en la vía recursiva
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