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TUTELA LABORAL

TUTELA LABORAL DE DERECHOS FUNDAMENTALES

Los Derechos Fundamentales de los trabajadores se encuentran reconocidos y amparados en nuestra Constitución Política, en diversos tratados Internacionales ratificados por Chile y, en materia laboral, en el Código del Trabajo, el cual además contempla un procedimiento especial para dotarlos de eficacia, denominado Procedimiento de Tutela de Laboral (artículo 485 y siguientes del Código del Trabajo).

 

Derechos fundamentales de los trabajadores protegidos a través del procedimiento de Tutela Laboral.

Todo trabajador es titular de derechos fundamentales al interior de la empresa. En tal calidad, el trabajador podrá recurrir a los Tribunales del Trabajo utilizando el juicio de Tutela Laboral cuando consideren afectados uno o más de los siguientes derechos:

  • El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica del trabajador(a) siempre que su vulneración sea consecuencia directa de actos ocurridos en la relación laboral.

  • El respeto y protección a la vida privada y a la honra del trabajador(a) y su familia.

  • El derecho a la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada.

  • El derecho a la libertad de conciencia, a la manifestación de todas las creencias y al ejercicio libre de todos los cultos.

  • La libertad de expresión, opinión e información sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio.

  • La libertad de trabajo y el derecho a su libre elección. Además, la garantía de que ninguna clase de trabajo puede ser prohibida, salvo las excepciones que la propia Constitución dispone.

  • El derecho a no ser sujeto de los actos discriminatorios señalados en el artículo 2º del Código del Trabajo.

  • La libertad sindical y el derecho a negociar colectivamente sin obstáculos indebidos.

  • La garantía de indemnidad, que consiste en no ser objeto de represalias ejercidas por parte del empleador, en razón o como consecuencia de la labor fiscalizadora de la Dirección del Trabajo o por el ejercicio de acciones judiciales

Cuando se entienden vulnerados estos derechos y garantías.

Se entienden lesionados cuando el empleador o quien lo representa realiza actos o adopta medidas que limitan el pleno ejercicio de los derechos fundamentales del trabajador sin justificación suficiente, en forma arbitraria o desproporcionada, o sin respeto a su contenido esencial.

NOTA:  La información aquí contenida no constituye asesoría legal, y el usuario no debe actuar sobre dicha información o considerar la misma como sustitutivos de asesoría legal para casos concretos.

 

Si tiene un problema legal referido al contenido de esta página, contáctenos y un abogado le responderá a la brevedad.

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